viernes, 16 de setiembre de 2011

Estudio de costos de transporte público y respeto al medio pasaje



Como es sabido, el medio pasaje es un derecho que tienen los alumnos universitarios y de institutos superiores, sin embargo, ese derecho se ha visto opacado por la actitud de muchos transportistas que simplemente en unos casos no cobran lo que realmente es medio pasaje o en otros casos para ellos no existe el medio pasaje, situación que se agrava teniendo en cuenta además que tras muchas reuniones de coordinación con los transportistas, estos no acatan los acuerdos suscritos con la municipalidad.

En ese sentido se solicita a la Autoridad municipal encargar la realización de un Estudio de Costos del transporte público en la ruta Monsefú - Chiclayo, incluyendo la nueva ruta Monsefú - La Victoria (Chiclayo), a fin de tener un costo real del valor del pasaje y sugerir la implementación de los mismos en mutuo acuerdo con la comunidad organizada, pese a que en la actualidad el libre mercado es quien decidirá el incremento de los pasajes y es el consumidor quien tendrá que pedir mejores condiciones de servicio por el monto que paga y el transportista pueda ofrecer una mejor calidad de servicio.


Ley N° 26271


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:

Artículo 1o.- El derecho a pases libres y a pases diferenciados y el derecho a pases cobrados por las empresas de servicio de transporte de pasajeros del ámbito urbano e interurbano del país, sólo se aplicarán tratándose de: a) Miembros de la Policía Nacional y miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú; b) Alumnos Universitarios y de Institutos Superiores Universitarios en profesión o carrera cuya duración no sea menor de seis semestres académicos; y c) Escolares.


Artículo 2o.- Los pases libres son aplicables a los miembros de la Policía Nacional. No se encuentran comprendidos el personal de Sanidad ni especialistas de la Policía Nacional.


Artículo 3o.- El precio del pasaje universitario, en el ámbito urbano o en el interurbano no podrá exceder de 50% del precio del pasaje adulto.


Artículo 4o.- El uso del pasaje universitario sólo procederá entre las 5.00 y las 24.00 horas, en días laborables. El pasaje escolar se regirá por lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2o. del Decreto Supremo No. 115-90-PCM.


Artículo 5o.- El cobro del pasaje universitario se realizará previa presentación del respectivo carné universitario o de Instituto Superior.


Artículo 6o.- Toda unidad de Transporte público deberá exhibir la lista de las tarifas vigentes.

SOLICITO REINICIO Y ACABADO DE CONSTRUCCIÓN DEL MONUMENTO A JOSÉ ABELARDO QUIÑONES



Que, siendo el Piloto Militar Lambayecano José Abelardo Quiñones Gonzáles considerado Héroe Nacional y Gran General del Aire de la Fuerza Aérea del Perú.

Contando nuestra ciudad con una calle denominada con el nombre de tan insigne personaje la misma que en el futuro se convertirá en una de las más importantes vías que circunvalen Monsefú, existiendo un busto del mencionado Héroe Lambayecano en estado de abandono en nuestro local municipal y estando paralizado hace años el proceso constructivo de un significativo monumento en dicha calle al costado del grifo Monsefú, solicito a usted el reinicio y acabado de la construcción de dicho monumento (avanzado en un 70% aproximadamente) ubicado al ingreso de nuestra ciudad, el mismo que no significará mayores egresos a la comuna monsefuana.

SOLICITO INFORME OFICIAL DE PROCESO DE TRANSFERENCIA




Que habiéndose dado a conocer algunos hallazgos de presuntas irregularidades de la anterior gestión municipal 2007 – 2010 en el proceso de transferencia, importante información que debe de ser de conocimiento público en concordancia con la política de transparencia de las actuales autoridades edilicias solicito a usted el informe oficial de dichas observaciones encontradas en el proceso de transferencia.