martes, 28 de enero de 2014

¡ Participa Monsefú ! Seguridad Ciudadana, Compromiso de Todos


¡ Participa Monsefú ! Seguridad Ciudadana, Compromiso de Todos.

Alerta Monsefú :numero telefónico de la Comisaria 411184

Alerta Monsefú : La mayoría de ciudadanos no conoce el numero telefónico de la Comisaria 411184, denunciemos la delincuencia.

sábado, 25 de enero de 2014

Administración irregular de patrimonio municipal



Después de malograrse en la navidad pasada la camioneta Hilux de placa  PZ6965 , así de informal e irregular se administra el traslado e internamiento de taller en taller de la camioneta municipal de Monsefú a cargo del chofer de la unidad móvil.

viernes, 17 de enero de 2014

Estadio o Complejo Multiusos se encuentra sin uso

El “Estadio” Municipal de Monsefú o el inicialmente llamado Complejo Multiusos se encuentra todavía sin uso, debido a que el terreno de gras presenta desnivel, falta de puntos de regado por aspersión, el pozo tubular no tiene agua permanente para su mantenimiento. Y a la desaparición de la primera podadora ahora se suma que el nuevo tractor cortador de césped se malogro.

10 trabajadores municipales circulan diariamente el perímetro del mercado


10 trabajadores municipales circulan diariamente el perímetro del mercado de abastos de Monsefú con la finalidad de poner orden en el transporte y erradicar el comercio ambulatorio. La población espera resultados concretos a esta iniciativa municipal y justificar los 10 mil soles aproximadamente que se invierte en gastos de personal por este trabajo.
Dato : 10 mil soles es la cantidad aproximada que se recauda mensualmente en el mercado de Monsefú.

viernes, 3 de enero de 2014

Suspenderán 30 días a alcaldes que no convoquen a comités de seguridad ciudadana


Los alcaldes que no instalen ni convoquen, por lo menos una vez cada dos meses, al comité de seguridad ciudadana de su jurisdicción, serán suspendidos en su cargo por 30 días calendario, según la Ley Nº 30055, aprobada por el Congreso el día 13 de junio del 2013 y que modifica el artículo 25° de la Ley  27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, dicha infracción es calificada como grave, al igual que incumplir con las funciones en materia de defensa civil contenidas en el artículo 11 de la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
La norma incorpora en su tercera disposición transitoria y final a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana en los términos siguientes: “Los representantes del Ministerio Público ante los comités de seguridad ciudadana denunciarán los incumplimientos por acción u omisión por parte de los funcionarios públicos de los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana que incumplan lo establecido en la presente Ley y su reglamento”.
Asimismo, señala que el Ministerio Público determinará en cada caso si existen indicios de la comisión de delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales contemplados en el artículo 377 del Código Penal, para proceder conforme a ley.