miércoles, 28 de octubre de 2009

Atención al Público sábados, domingos y feriados en Municipalidad de Monsefú


La Municipalidad Distrital de Monsefú en cumplimiento con el Decreto de Urgencia Nº 099-2009, que firmó el Presidente de la República Alan García Pérez, el pasado 21 de octubre del año en curso, para declarar días hábiles los sábados, domingos y feriados no laborables a fin de que la administración pública brinde atención de manera ininterrumpida, debe de implementar la norma en nuestra comuna, la misma que deberá atender los sábados, domingos y feriados, en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
Por lo que se sugiere que las áreas de atención sean : Mesa de Partes, Rentas, Tesoreria, Registro Civil y otras que consideren conveniente.


Esta regulación se aplica en todos los feriados a excepción de los días, 1 de enero, 1 de Mayo, 28 y 29 de julio y 25 de diciembre.

ORDENANZA : PROHIBE INGRESO DE VEHÍCULOS AL PERÍMETRO DE PARQUE PRINCIPAL Y MERCADO DE ABASTOS MONSEFÚ

- Que, habiendo sido convocado a la Sesión Extraordinaria de Concejo referente a la problemática de transporte en nuestro distrito.

- Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º indica que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y por imperio del inciso 5) del Art. 195º del mismo Cuerpo Legal, los Gobiernos Locales en ejercicio de su autonomía tiene exclusiva competencia para organizar, reglamentar y administar los Servicios Públicos en su circunscripción. Facultades que se ratifican en la Ley Organica de Municipalidades.

- Que, la Municipalidad Distrital de Monsefú, en su preocupación de ordenar el tránsito vehicular ha efectuado un análisis donde se determina que los vehículos (trimoviles denominados mototaxis) ocasionan un grave congestionamiento y desorden del tránsito vehicular en el perímetro del Parque Principal de Monsefú y Mercado de Abastos, con el consiguiente malestar de los vecinos y transeúntes, así como un clima de inseguridad para los peatones, aunado a esto la producción de ruidos nocivos y molestos originados por los bocinas de dichos vehículos;

- Que, estando proximo a aperturarse un Cajero Automatico del Banco de la Nación en la esquina de 7 de Junio y 28 de Julio, por lo que resulta inseguro el congestionamiento de vehiculos y aglomeración de personas en zonas adyacentes a la misma, a fin de salvaguardar la integridad fisica y seguridad de la población monsefuana.

- Que, habiendose asfaltado 12 nuevas cuadras del circuito vial oeste de nuestra ciudad,


- Que, las estadísticas en la Policía Nacional han registrado un indice significativo de accidentes de tránsito en vehiculos menores, lo que constituye un riesgo latente para transeúntes, así como a visitantes al centro de la ciudad que debe ser el símbolo de orden de ésta localidad.

- Y que, las calles 7 de Junio, Diego Ferre, 28 de Julio, Mariscal Castilla y Manuel Maria Izaga son reducidas, por lo tanto la circulación vehicular se congestiona, ademas de la concurrencia masiva de la ciudadanía al Mercado Central poniendo en riesgo su integridad fisica, por lo que se declara Zona Rígida.

Adjuntamos al presente, la propuesta de ORDENANZA QUE PROHIBE EL INGRESO DE VEHÍCULOS MENORES AL PERÍMETRO DE PARQUE PRINCIPAL Y MERCADO DE ABASTOS : La misma que contiene los mecanismos normativos de regulación y restricción del ingreso de vehículos menores (trimóviles o mototaxis de pasajeros), a menos de Una Cuadra a la redonda del perímetro del Parque Principal y Mercado de Monsefú (durante el horario comprendido entre las 07.00 am. y 09.00 pm).