viernes, 29 de octubre de 2010

Informe de Investigación Policial de Asalto y Robo en la Municipalidad de Monsefú

Estando al final de la gestión municipal 2007 - 2011 y no teniendo hasta la fecha un informe oficial dado a conocer en sesión del concejo municipal, ni conocimiento público al respecto, solicitamos el informe de la Investigación Policial del Asalto y Robo ocurrido en el local de la Municipalidad de Monsefú a inicios de la actual gestión municipal.

Rendición de Cuentas al finalizar el período de gestión municipal

Cuando se producen las transferencias de gestión en los Gobiernos Locales como consecuencia de los resultados de un proceso electoral, los alcaldes salientes están obligados a presentar la Rendición de Cuentas máximo 30 días calendario luego de finalizado su mandato. Esto significa que con la debida antelación, los alcaldes deben planificar y organizar el proceso de Rendición de Cuentas a la Contraloría General de la República (CGR) para que en la fecha indicada se reporte toda la información solicitada.

El Informe de Rendición de Cuentas Anual o Final está constituido por los siguientes Formatos:

F1: Información General.

F2: Situación de los Documentos de Gestión

F3: Alineamiento de Mandato y Objetivos Estratégicos

F4: Alineamiento de Objetivos y Programas / Proyectos

F5: Alineamiento de Actividades (Distintas a las Actividades de Proyectos)

F6: Matriz de Evaluación de Programas y/o Proyectos

F7: Resultado de Actividades

F8: Movimiento de Personal

F10: Información Financiera

Información Complementaria:

F9A: Tecnologías de Información

F9B: Infraestructura

F9C. Procesos

F9D: Cultura y Clima Organizacional

F9E: Gestión de las Personas

Es necesario tener en cuenta que la omisión en la presentación del “Informe de Rendición de Cuentas Anual o Final”, así como su presentación tardía constituye infracción de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42 incisos f) y g) de la Ley Nº 27785, concordante con el artículo 15 inciso d) del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Contraloría General aprobado por Resolución de Contraloría Nº 367-2003-CG de 31 de octubre de 2003.

lunes, 18 de octubre de 2010

INFORME DE TRAMITE DE ADQUISICIÓN DE COMPACTADORA


Habiéndose aprobado en Sesión de Concejo la adquisición urgente de una compactadora en el distrito de Monsefú, debidamente financiada por el presupuesto de incentivos del gobierno central y ante la situación de emergencia de la limpieza pública debido a la inoperatividad de los volquetes recolectores de basura, se sugiere la inmediata implementación del presente acuerdo considerando que ya ha transcurrido el tiempo prudencial para su trámite y más del 50 % del dinero (S/. 200 mil nuevos soles) se encuentra disponible en cuentas de la municipalidad.

Prohibición de Alcalde de aprobar pagos para el 2011


Los presidentes regionales, alcaldes provinciales y de distritos salientes están prohibidos de efectuar cualquier operación de gasto corriente que implique compromisos de pago a cuenta del presupuesto del próximo año, según la Contraloría General de la República.
Según la institución contralora, esta prohibición se encuentra establecida en el artículo 30º de la Ley de Descentralización Fiscal, aprobada por el Decreto Legislativo 955. De acuerdo con la entidad, el único caso exceptuado de esta regla es el pago de pensiones de jubilación de trabajadores que cumplan los requisitos establecidos por la ley.
“Los contratos para adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones deben sujetarse al presupuesto institucional para el año fiscal.”
En ese sentido, la Contraloría ha previsto un plan de control para verificar el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Descentralización Fiscal y los infractores serán pasibles de sanción.
La entidad contralora señala que en el caso de los nuevos contratos de obra a suscribirse, cuyos plazos de ejecución superen el año fiscal, deben contener, obligatoriamente y bajo sanción de nulidad, una cláusula que establezca que la ejecución de los mismos está sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera de la entidad.

CULMINACIÓN DE CONTRATOS CAS EN MUNICIPALIDAD DE MONSEFÚ


Siendo requisito para la Implementación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS (Decreto Legislativo Nº 1057), el requerimiento de la dependencia justificando el contrato, el mismo que tiene naturaleza temporal y la existencia de la disponibilidad presupuestaria, requisitos que no se tuvieron en cuenta al suscribir este tipo de contratos en la Municipalidad de Monsefú, solicito un Informe de la situación real de estos contratos a la fecha, teniendo en cuenta ademas que con Informe Nº 043-2010 de la Administración municipal se informa de deudas de honorarios al personal que viene laborando bajo esta modalidad, contratos que culminaron el 30 de Setiembre y actualmente ya no cuentan con presupuesto, sugiriendo la racionalización urgente de personal.
Referencias anteriores :

Punto 4.- Establecer medidas de austeridad y racionalidad en el gasto. Estas medidas deberían consistir en no contratar más personal sino, como se señala en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009, Ley N°29289, “… ante la necesidad de recursos humanos para el desarrollo de las acciones que les corresponde realizar en el marco de sus funciones, deben evaluar las acciones internas de personal tales como rotación, encargatura y turnos, así como otras de desplazamiento.

viernes, 8 de octubre de 2010

"DIA MUNDIAL DEL LAVADO DE MANOS" EN MONSEFÚ



El Día Mundial del Lavado de Manos se celebra el 15 de octubre, en más de 60 países en desarrollo, por iniciativa de UNICEF, como una forma de recordar que esta práctica, tan sencilla como necesaria, es una de las conductas higiénicas más importantes para prevenir el contagio de enfermedades producidas por virus y bacterias.


Por tal motivo la Regiduría de Salud y Medio Ambiente de la Municipalidad de Monsefú viene coordinando el desarrollo de charlas educativas y significativas actividades al respecto e invita a las diferentes Autoridades e instituciones de nuestra comunidad a participar activamente de esta campaña de salud.

Bien, entonces aprovechando este día recordemos porqué es tan importante lavarse las manos como corresponde:

-Previene las enfermedades diarreicas, disminuye la transmisión de enfermedades respiratorias (incluida la gripe), cutáneas, ayuda a prevenir también infecciones en los ojos, reduce la incidencia de infecciones intestinales (como la ascariasis y trichuriasis), entre otros trastornos y enfermedades.


Recuerda asimismo que es necesario lavarse las manos de forma frecuente durante el día, pero no hay que olvidar tampoco hacerlo en las siguientes circunstancias:


-Antes de preparar la comida o de comerla.

-Antes de curar una herida a atender a alguien que esté enfermo.

-En caso de ser usuario de lentes de contacto, antes de manipularlas, ponérselas o quitárselas.

-Después de haber ido al baño, de haberse sonado o tocado la nariz, de haber tosido o estornudado.

-Luego de haber tocado animales o de haber estado en contacto (limpiando) sus excrementos.

-Al haber hecho deporte o regresar del gimnasio.

-Si se viene de la calle, en especial, si se estuvo en lugares públicos (escuelas, hospitales, etc.).


ACTIVIDADES PROGRAMADAS :

7.30 am. Charla Educativa en Noticiero "Libertad de Prensa" Radio San Juan




9.00 am. Charla Educativa y demostración de Técnica de Lavados de Manos a alumnos del CEI. Nº 074
10.30 am. Charla Educativa y demostración de Técnica de Lavados de Manos a alumnos del IEP. "JEAN PIAGET"
12.00 m. Charla Educativa y demostración de Técnica de Lavados de Manos a público en general, obreros y trabajadores municipales.

Denuncian presuntas irregularidades en Oficina de Rentas de la Municipalidad


Ante las denuncias públicas del sr. Rusbel Farro Vásquez (identificado con D.N.I. Nº 16552365 CELULAR: 975124457 – 979824128 RPM * 404457) de presuntas irregularidades en la Oficina de Rentas de la Municipalidad de Monsefú, se invita al denunciante a formalizar la misma y describir detalles personalmente en próxima Sesión de Concejo.