domingo, 12 de agosto de 2012

REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN VEHíCULOS MENORES DE MONSEFÚ

- Que, encontrándose la normatividad referente a transportes en la municipalidad local totalmente desactualizada desde diciembre del 2010, fecha en que entró en vigencia el D.S. N° 055-2010-MTC., como se hizo de conocimiento y se aprobó en sesión de concejo anterior su actualización, adjunto a Usted, el proyecto de REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHíCULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS DEL DISTRITO DE MONSEFÚ.

- Proyecto, que deberá poner a consideración, previa conformación oficial mediante resolución de la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA O ESPECIAL PARA VEHÍCULOS MENORES, la cual es autónoma y deberá estar integrada por tres (02) Regidores integrantes de la Comisión de Transporte, un (01) representante de la PNP, tres (03) representantes de la Organización de Transportistas de Servicio Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores y el Funcionario designado al área de transportes de la municipalidad.

- Propuestas que dejo a su consideración, para su inmediata implementación, considerando la grave problemática que aqueja a nuestro distrito.

CONTRATOS DE PAGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD


- Que, la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública" tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú.

- Que, la Ley de Transparencia y sus disposiciones modificatorias y reglamentarias establecen la información que deben contener los portales de las dependencias públicas.

- Que, en cumplimiento a las normas de transparencia de los organismos del Estado como es el caso de la Municipalidad Distrital de Monsefú , que obliga a contar con un portal web de la institución, con requisitos y detalles que incumplimos a la fecha.

- Que, en la gestión anterior en cumplimiento a un contrato se encontraba operativo un portal web de acuerdo a lo estipulado por ley, el mismo que fue desactivado en esta gestión, cuando lo más recomendable era solo actualizar la información, para no incurrir en innecesaria duplicidad de gastos.

- Y que, en la actualidad la supuesta “pagina web” de la municipalidad, es una copia de plantilla gratuita de blogs (WordPress) y no un Portal Web como lo exige la ley en su diseño e información.

Solicito a Usted, Sra. Alcaldesa, copia de los contratos suscritos por su despacho con los responsables del diseño y activación de la “Pagina Web” de la municipalidad, así como los pagos realizados al respecto.

Información que solicito de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad municipal vigente, constituyendo la omisión de la misma, el incumplimiento en sus funciones como primera autoridad municipal.