
Siendo necesario fortalecer una cultura orientada a la participación y al establecimiento de corresponsabilidades entre autoridades y ciudadanos para la vigilancia de la gestión pública como contrapeso y control necesario al poder político;
Y que, el vecino de la jurisdicción puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, a través de los mecanismos que establezca la ley, entre los cuales se destaca el Cabildo Abierto, en concordancia con lo establecido en el numeral 5 del artículo 113º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Y , estando aprobado en sesión de Concejo del mes de abril del año en curso, la convocatoria a Cabildo Abierto, se reitera el pedido, motivo por el cual se alcanzó el proyecto de ORDENANZA QUE REGULA LOS CABILDOS ABIERTOS EN EL DISTRITO DE MONSEFÚ.
Y que, el vecino de la jurisdicción puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, a través de los mecanismos que establezca la ley, entre los cuales se destaca el Cabildo Abierto, en concordancia con lo establecido en el numeral 5 del artículo 113º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Y , estando aprobado en sesión de Concejo del mes de abril del año en curso, la convocatoria a Cabildo Abierto, se reitera el pedido, motivo por el cual se alcanzó el proyecto de ORDENANZA QUE REGULA LOS CABILDOS ABIERTOS EN EL DISTRITO DE MONSEFÚ.
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