La Municipalidad Distrital de Monsefú en cumplimiento con el Decreto de Urgencia Nº 099-2009, que firmó el Presidente de la República Alan García Pérez, el pasado 21 de octubre del año en curso, para declarar días hábiles los sábados, domingos y feriados no laborables a fin de que la administración pública brinde atención de manera ininterrumpida, debe de implementar la norma en nuestra comuna, la misma que deberá atender los sábados, domingos y feriados, en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
Por lo que se sugiere que las áreas de atención sean : Mesa de Partes, Rentas, Tesoreria, Registro Civil y otras que consideren conveniente.
Por lo que se sugiere que las áreas de atención sean : Mesa de Partes, Rentas, Tesoreria, Registro Civil y otras que consideren conveniente.
Esta regulación se aplica en todos los feriados a excepción de los días, 1 de enero, 1 de Mayo, 28 y 29 de julio y 25 de diciembre.
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